Plan de igualdad

“Los planes de igualdad son herramientas poderosas de gestión del talento”

Audith Zapata

INTRODUCCIÓN

La igualdad de oportunidades se refiere a la participación activa y equilibrada de todas las personas, independientemente de su sexo, en todas las áreas de la vida pública y privada.

En cualquier ámbito, la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres exige la eliminación de los impedimentos que, basados en el sexo de una persona, limitan su participación.

En el ámbito de la empresa, dese hace años y a nivel mundial se apuesta por la igualdad real de trato y oportunidades entre mujeres y hombres. En este sentido, la obligación de contar con un plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, se postula como el único camino hacia la eliminación de cualquier diferencia o desigualdad.

QUÉ SON LOS PLANES DE IGUALDAD

Según el artículo 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, los planes de igualdad son documentos que recogen el camino que han de seguir las empresas “para alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y a eliminar la discriminación por razón de sexo”.

Se trata de un proceso de elaboración conjunta entre empresa y representación legal de los trabajadores, o sindicatos más representativos, en el que tras un análisis pormenorizado de los datos de las mujeres y los hombres que componen la plantilla, se establece un diagnóstico, sobre él se toman medidas para reducir, corregir o eliminar las posibles diferencias que se hayan detectado en el análisis.

El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que incorporó cambios muy significativos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, estableció la obligatoriedad de tener y aplicar un plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en todas las empresas que cuenten con 50 o más personas en plantilla.

Los RD 901/2020 y RD 902/2020, han venido a concretar aun mas la composición, alcance e impacto de los planes de igualdad.

No contar con un Plan de Igualdad, o no implantarlo puede dar lugar a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con aplicación de las multas económicas recogidas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social que pueden estar entre 626€ y 187.515€, dependiendo del grado.

POR QUÉ LOS PLANES DE IGUALDAD

CÓMO PODEMOS AYUDARTE

Los planes de igualdad son la puerta de entrada a la inclusión de la diversidad en la empresa.

Contar con un plan de igualdad significa que ya conocemos el valor de la plantilla, desde la visión del género, y todas las demás: edad, conocimiento, formación, origen,… A partir de este momento, con toda esa información podemos empezar a poner atención a la fuente de valor que son las diferencias de las personas, que hacen que las compañías sean únicas.

Integrar la experiencia y visión sobre la igualdad de trato y oportunidades, y gestión de la diversidad de IEGD facilita que las entidades:

1. Logren el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, en concreto el ODS 5 y 8

2. Cumplimenten la información sobre cuestiones sociales y relativas al personal, que requieren las memorias no financieras

3. Completen su memoria de sostenibilidad en los términos sociales

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